Una noticia amarga (fragmento)
(Arriba) Otros tiempos más dulces...
(Abajo) La noticia que nadie quería escuchar.
DEMANDA CONSENSUAL DE DIVORCIO
AL JUZGADO DE Iª INSTANCIA EN LO CIVIL No. 49
Yo, Don Augusto Bagley, Procurador de los Tribunales de esta ciudad, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que mediante el presente escrito, interpongo DEMANDA DE DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO en relación al matrimonio formado por Don 4, Tubby y Doña 3, Tubby. La acción ejercitada es la personal de divorcio de matrimonio, prevista en el Código Civil, en su art.86.1. Se ejercita dicha acción conforme a los siguientes hechos y fundamentos de derecho:
HECHOS:
PRIMERO. Don Tubby 4 y Doña Tubby 3 contrajeron matrimonio en la fecha de 15 de agosto de 1983, encontrándose inscrito en el Registro Civil de Una Ciudad Soñada.
SEGUNDO. Que por el Juzgado de Una Ciudad Pesada se dictó sentencia de separación matrimonial con fecha de 25 de julio de 2006, en la que se estimaba la demanda presentada por las partes en su totalidad.
TERCERO. Motivos del divorcio: Doña Tubby 3 (bañada en chocolate) solicita el divorcio de Don Tubby 4 (de maní y caramelo), en los motivos que, a decir de esta última, consisten en: una decreciente calidad de los tratos prodigados por su cónyuge (cada vez menos caramelo), así como una frustrada consumación del matrimonio (cada vez menos manî).
Asimismo, consta en actas el descargo realizado por Don Tubby 4, el cual consiste, según sus dichos en que Doña Tubby 3 “No se bañaba en chocolate con tanta frecuencia y, cuando lo hacía, resultaba claramente empalagosa y atentaba contra su salud hepática”.
POR TODO LO EXPUESTO:
SOLICITO, que teniendo por presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan, se sirva admitirlo, teniéndome por parte en la representación acreditada y por interpuesta demanda de divorcio matrimonial de los cónyuges Don Tubby 4 y Doña Tubby 3, y que se dicte en su día sentencia decretando divorcio matrimonial con los efectos que le son propios y aprobándose el Convenio Regulador propuesto por las partes, y que se comunique la sentencia de oficio al Registro Civil en el que consta el matrimonio.
SERÁ JUSTICIA.